ACTUALIZACIÓN (9/05/2009) O LA GUINDA PARA SAN GLORIO CON UN INFORME DE COPIA Y PEGA pagado por la Junta de Castilla y León. Increible pero cierto!
La Sentencia nº 20 del TSJ de Castilla y León por la que se ha declarado nulo de pleno derecho el Decreto 13/2006 por el que la Junta de Castilla y León pretendía modificar el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina (Palencia) , no debe pasar desapercibida. La Sentencia declara la medida de la Junta de Castilla y León, injustificada e ilegal. Debería haber un antes y después de esta sentencia, en el sentido de que por fin un tribunal falla aquello que vox populi en uno y otro lugar donde haya un espacio natural protegido, ecologistas, vecinos o sencillamente gente con sentido común, venimos denunciando desde hace años. La ligereza, ausente del rigor formal y legal impuesto, con la que se vienen alterando las normas protectoras de estos espacios, para donde dije digo, digo diego, y lo que antes era prohibido deja de estarlo por un supuesto provecho socioeconómico para los habitantes del lugar. Lo importante de esta Sentencia es que dice que ese objetivo socioeconómico debe ser demostrado y nunca ir en contra de los objetivos de conservación medioambiental que son prevalentes en todas las normas de las que la Sentencia hace una brillante exposición. Lamentable es descubrir que esto haya costado tanto tiempo y haya debido ser ante los tribunales. En el lugar donde vivo, Zuheros, hace años que venimos alegando contra un cambio de usos de un suelo protegido dentro de un Parque Natural, así como Conjunto Histórico Artístico, sobre el que se van aprobando sucesivas modificaciones de usos, sin que haya habido ni un informe que pueda contraponerse a los estudios que avalaron en su día, hace 20 años su protección. Muy al contrario, se ha mentido incluso acerca de los límites exactos del espacio protegido con tal de acelerar su modificación, fundamentada en el beneficio socioeconómico de la construcción de una urbanización privada por unos promotores inmobiliarios. A mayor gloria de San Glorio celebramos esta sentencia con la Asociación para la Defensa de los Recursos Naturales de Cantabria (ARCA), quienes expresando su alegría ante la sentencia, no han podido evitar un lamento que compartimos: “Tener razón no es consuelo a la intranquilidad y desconsuelo que nos supone el que este tipo de actuación haya sido promovida por la misma Consejería que, en teoría, debe velar por conservar nuestra naturaleza”.




2 comentarios
Septiembre 14, 2008 a las 5:20 pm
[...] estos proyectos ignoran, cuando incluso hay sentencias judiciales que los tienen en cuenta, véase la sentencia contra la proyectada estación de esquí de San Glorio. Buen trabajo para un novato en la [...]
Marzo 8, 2009 a las 9:22 pm
[...] y responsabilidad no siempre saldada por la misma. Fue el caso del Hotel Algarrobico o la estación de esquí de San Glorio. Ha sido el caso también de una reciente sentencia del Tribunal de Canarias contra el interés del [...]